El 28 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 813/2026, una importante reforma legal publicada en el BOE que refuerza la seguridad en las plataformas de juego online. A partir de esa fecha, los operadores debemos comprobar tanto la identidad real de los jugadores como la titularidad de los medios de pago utilizados. Te explicamos qué significa este cambio, cómo te protege y qué pasos debes dar.
Las dos verificaciones clave exigidas por la normativa
Hasta ahora, muchas comprobaciones se realizaban de forma simplificada a través del cotejo de datos básicos con una foto del documento de identidad del usuario. Con la entrada en vigor del Real Decreto 813/2026, la legislación sobre prevención del blanqueo de capitales exige aplicar de forma coordinada dos controles fundamentales:
A) Verificación Documental de Identidad (Art. 21.1)
Con la entrada en vigor del Real Decreto 813/2026, la norma exige acreditar la identidad de forma fehaciente mediante la aplicación de al menos uno de los cuatro procedimientos no presenciales regulados en el Art. 21.1:
- Firma o Certificado Electrónico Cualificado.
- Aportación de una copia del documento oficial de identidad: DNI, NIE o pasaporte en vigor, expedida y compulsada por un fedatario público (notario).
- Verificación mediante Cuenta Bancaria Propia: antes de realizar el primer depósito, el cliente deberá aportar la documentación necesaria para acreditar que la cuenta bancaria desde la que se efectuará el ingreso está abierta a su nombre en una entidad financiera domiciliada en España, otro Estado miembro de la UE o un país equivalente. El primer ingreso deberá proceder de dicha cuenta bancaria.
- Utilización de sistemas de identificación remota, como la vídeo-identificación.
B) Verificación de Titularidad del Medio de Pago (Art. 21.2)
Además de saber quién eres, debemos comprobar que los instrumentos financieros que utilizas para depositar o retirar fondos son estrictamente de tu propiedad.
Expresado de manera sencilla: tu cuenta de juego y tus tarjetas o cuentas de cobro/pago deben coincidir al 100% en titularidad.
¿Qué métodos de pago se ven afectados?
La exigencia de titularidad se aplica a todos los métodos disponibles en la plataforma de juego online para ingresar o retirar saldo:
- Tarjetas de crédito y débito (Visa, Mastercard).
- Bizum y transferencias bancarias directas.
- Monederos electrónicos y servicios digitales (PayPal, Apple Pay, Google Pay).
- Mypaysafecard.
Guía práctica: ¿Cómo subir tu documentación?
Verificar tu cuenta es un proceso sencillo que te llevará solo unos minutos:
- Accede a tu perfil: inicia sesión en OlyBet y entra en la sección «Mis datos > Documentación».
- Verifica tu identidad: si todavía no lo has hecho durante el registro, sube una fotografía o copia escaneada de ambas caras de tu DNI o NIE en vigor.
- Acredita la titularidad de tu medio de pago: adjunta la documentación necesaria para acreditar que el medio de pago está a tu nombre.
- Revisión por parte de Compliance: nuestro equipo de Compliance revisará la documentación aportada y te comunicará el resultado de la verificación.
Te recomendamos completar este proceso lo antes posible para evitar posibles restricciones en las operaciones de tu cuenta, incluidos los retiros de fondos, cuando corresponda.
Si todavía no tienes una cuenta en OlyBet: Regístrate.
Si necesitas ayuda para verificar tu cuenta: Contacta con nuestro equipo de Atención al Cliente a través de soporte@olybet.es.
¿Puedo utilizar la tarjeta o cuenta bancaria de otra persona?
La respuesta es rotunda: no. Por exigencia legal, no está permitido depositar ni retirar dinero utilizando medios de pago a nombre de terceros, incluso si se trata de un familiar directo, pareja o amigo. Si utilizas un método de pago donde no constes como titular, las operaciones de retirada quedarán suspendidas hasta regularizar la situación.
Calendario de aplicación y plazos que debes recordar
- 28 de octubre de 2026 (Entrada en vigor): desde esta fecha, las nuevas altas deben realizar las verificaciones desde el primer momento.
- 28 de abril de 2027 (Fin del periodo transitorio): los usuarios ya registrados disponen de 6 meses de margen para subir su documento de identidad y verificar al menos un medio de pago propio.
- Retiradas de premios restringidas: durante el periodo transitorio, los jugadores preexistentes pueden seguir jugando y realizando ingresos, pero no podrán retirar ganancias ni saldos hasta que hayan verificado fehacientemente su identidad y la propiedad de su medio de pago.
Consecuencias de no verificar antes del 28 de abril de 2027
Si transcurridos los 6 meses de periodo transitorio la cuenta continúa sin completar la verificación de identidad o de titularidad de pago, el operador procederá a la resolución unilateral del contrato de juego y a la notificación del caso a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ). El saldo disponible en la cuenta será devuelto al usuario a través de un medio trazable, siempre con arreglo a la normativa de prevención del blanqueo de capitales.